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El Plan de reconstrucción Viña del Mar, Quilpué, Villa Alemana tiene por objetivo recuperar y mejorar las condiciones de vida de los hogares y los territorios, a través de la implementación de medidas que promuevan el desarrollo integral de las comunidades.

El plan se estructura en 166 medidas divididas en siete ejes.

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Avances del plan

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Estado de avance del Plan de Reconstrucción

Conoce las medidas que ya se encuentran cumplidas, con evidencias y testimonios de las comunidades beneficiadas.

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Informe de balance del Plan de Reconstrucción

Un informe que examina la implementación del proceso a partir de voces y experiencias de los mismos damnificados.

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Objetivos del plan

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Fortalecer el bienestar de las comunidades, con enfoque especial en mujeres, niños, niñas, adolescentes y personas mayores, mejorando su salud mental, fortaleciendo sus redes, labores de cuidado, garantizando sus derechos básicos y reduciendo niveles de vulnerabilidad.

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Implementar soluciones habitacionales integrales y de calidad para reparar, reconstruir y mejorar las viviendas siniestradas, con foco en la integración social, la reducción de riesgos ante desastres, el fortalecimiento de la resiliencia comunitaria y la adaptabilidad a las necesidades específicas.

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Reparar y mejorar la infraestructura urbana dañada, los espacios públicos y la normativa aplicable al desarrollo urbano de los territorios, mediante acciones que favorezcan una mirada integral.

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Reconstruir y aumentar la funcionalidad y resiliencia de la infraestructura de servicios básicos urbanos, especialmente en agua, salud y educación.

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Mejorar las condiciones de adaptabilidad al cambio climático, promover el desarrollo territorial resiliente y la organización comunitaria en prevención de desastres, mediante iniciativas que favorezcan la recuperación de la biodiversidad.

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Reactivar la economía local, priorizando la autonomía económica de las mujeres, la protección de pequeñas empresas y el estímulo de la demanda de bienes y servicios.

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Contribuir a la mejora institucional del Estado en la preparación y ejecución de planes de reconstrucción, mediante innovaciones normativas y administrativas que agilicen una respuesta integral y efectiva de recuperación ante desastres.

Las medidas del plan se estructuran en siete ejes

Estos ejes constituyen categorías que, junto con facilitar la concreción de las acciones de reconstrucción, permiten ordenar una cartera de inversiones e intervenciones sectoriales financiadas con el presupuesto público del presente y los próximos años. Además, buscan desplegar iniciativas de colaboración con actores privados que complementen las acciones del Estado, con el fin de concretar los objetivos y materializar los enfoques descritos. Cada eje se organiza en componentes que se configuran como ámbitos de intervención con medidas asociadas.

Eje 1. Bienestar integral

Este eje despliega una serie de medidas sectoriales que buscan recuperar el bienestar de las comunidades afectadas, a través de la atención de sectores sociales más vulnerables como niños, niñas y adolescentes o adultos mayores y mujeres, poniendo énfasis en salud mental y en conformar comunidades resilientes.

Este eje contiene 12 medidas y un costo aproximado de $M 4.200 aproximadamente.

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Eje 2. Habitacional

El eje busca el aseguramiento de las condiciones que las personas necesitan en los espacios residenciales, como seguridad, salud y mínimos de comodidad. Debido a esto, la reconstrucción habitacional se enmarca en una reconstrucción social, que permita hacer del territorio un lugar seguro para la vida de sus habitantes y ecosistema. Para lograrlo, se trabajará en la recomposición de los sectores con los estándares actuales en las áreas habitacional, urbana y social y también en reducir las condiciones que permitieron el desastre. Se fortalecerá la organización social e institucional para asegurar la gestión y la sostenibilidad de las zonas afectadas, y se llevará a cabo el desarrollo de una infraestructura que permita resguardar su seguridad en caso de emergencia.

La ejecución de estas medidas se proyecta para el año 2027, para una cobertura estimada de 4.784 viviendas.

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Eje 3. Entorno urbano

Este eje se enfoca en la implementación de infraestructuras urgentes, como la reposición de redes de servicios y vialidad, así como en el tratamiento del espacio público barrial y las modificaciones en los Instrumentos de Planificación Territorial, obras de desarrollo urbano y medidas permanentes para garantizar la resiliencia urbana. Se busca abordar los ámbitos mencionados en las diferentes escalas de intervención territorial mediante una estrategia mixta que agilice proyectos y medidas en desarrollo e impulse nuevas inversiones que atiendan carencias detectadas en el tejido urbano, como vialidades estructurantes, nuevo equipamiento comunitario y áreas verdes.

Este eje contiene 55 medidas y un costo aproximado de $M 573.000.000.

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Eje 4. Infraestructura de redes

Las medidas contenidas en este eje están enfocadas en recuperar y mejorar la infraestructura habilitante y de las diferentes redes que componen el sistema urbano, permitiendo recuperar su funcionalidad, aumentando las capacidades de resiliencia y mejorando la prestación de servicios básicos. El objetivo de este eje es normalizar el acceso a la infraestructura de redes que poseían los vecinos y vecinas de las comunas afectadas antes de sufrir los efectos de este mega incendio. El valor positivo de la infraestructura de redes en las personas es tremendamente relevante, pues el acceso a servicios básicos es fundamental para el bienestar y desarrollo individual y colectivo.

Este eje contiene 21 medidas y un costo aproximado de $M 10.100 aproximadamente.

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Eje 5. Territorio y sustentabilidad

En este eje se despliegan iniciativas que buscan desarrollar obras y medidas que apunten a la sostenibilidad y adaptación de los territorios a los riesgos a los que se exponen y, por otro lado, iniciativas que se encargan de la pérdida de biodiversidad, implementando proyectos que buscan restaurar, recuperar y proteger las condiciones de biodiversidad afectadas en el extenso territorio.

Este eje contiene 25 medidas y un costo aproximado de $M 65.000.000 aproximadamente.

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Eje 6. Reactivación productiva

Estas medidas se centran en tres áreas clave: promoción de la autonomía económica, protección del capital de trabajo y reactivación de la actividad económica. El desafío radica en enfocar los instrumentos existentes y crear medidas de ejecución rápida que produzcan resultados a corto y mediano plazo.

Este eje contiene 13 medidas y un costo aproximado de $M 21.000.000 aproximadamente.

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Eje 7. Institucionalidad para la reconstrucción

En este eje se desarrollan medidas que apuntan a ser un aporte a las condiciones estructurales del Estado, permitiéndole actuar de mejor manera ante la ocurrencia de una catástrofe. En ese sentido, se distinguen aquellas labores de gestión que buscan robustecer la institucionalidad para el desempeño y ejecución del presente plan, de aquellas iniciativas que apuntan a ser herramientas ante la ocurrencia de emergencias posteriores, estableciendo una experiencia virtuosa de aprendizaje entre el manejo de una emergencia y otra, y un legado de este proceso de reconstrucción.

Este eje contiene 7 medidas y un costo aproximado de $M 18.500 aproximadamente.

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Destacamos

Apoyos por emergencia

Si te aplicaron la ficha FIBE en las zonas afectadas por incendios forestales, puedes consultar el estado de tus apoyos por emergencia en la plataforma Ventanilla Única Social con tu ClaveÚnica.

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Reconstrucción de viviendas

Desde el Ministerio de Vivienda y Urbanismo se han desplegado un conjunto de soluciones para las familias afectadas, considerando alternativas como la construcción, la adquisición y la reparación de viviendas.

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Preguntas frecuentes

    1. El plan de Reconstrucción contiene 166 medidas a ejecutarse en distintos plazos, configurando una robusta cartera de inversiones e intervenciones sectoriales. Algunas son de corto plazo y otras requieren hasta 5 años para completarse, pero su mayoría están en pleno proceso de implementación, para brindar respuestas oportunas a las familias afectadas.

    2. El incendio impactó directamente en zonas residenciales en los sectores de El Olivar, Villa Independencia y el campamento Manuel Bustos, en Viña del Mar; Canal Chacao, Población Argentina y Pompeya, en Quilpué y en un sector rural de Villa Alemana. Con el fin de responder integralmente a las familias, el plan se organizó con 17 sectores: 10 en Viña del Mar, 6 en Quilpué y 1 en Villa Alemana, para recuperar las viviendas perdidas, pero también los barrios y el entorno urbano afectado.

    3. La Ficha Básica de Emergencia, conocida como FIBE, es la encuesta que se aplica en emergencias o desastres como terremotos, tsunamis, aluviones, incendios, inundaciones, entre otros, que hayan afectado a la población, para identificar afectados y sus hogares. Los beneficios y ayudas que se otorgan en situaciones de emergencia, se asignan dependiendo el tipo de emergencia y afectación en las familias, cuando corresponda.

      Este es un instrumento público oficial de carácter declarativo y que se aplica en la vivienda afectada durante los primeros días de transcurrida una emergencia. Los encargados de esta aplicación son funcionarios municipales y del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que deben estar debidamente acreditados para ello.

      En tanto, una vez que comienza el trabajo de catastro de los daños, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, comienza a aplicar La Ficha 2, destinada a la “evaluación de daño en viviendas” desde el punto de vista técnico y estructural. En el caso del megaincendio, este trabajo se llevó a cabo a través de vuelos de drones con alta resolución que permitieron identificar las viviendas afectadas en un tiempo acotado a pesar de la magnitud del siniestro. Esta información se complementó con las visitas a terreno de profesionales técnicos y sociales del Minvu.

      Es importante recalcar que la información de la Ficha 2 se cruza con diferentes registros e instrumentos, cómo por ejemplo Servicio de Impuestos Internos, Conservadores de Bienes Raíces, entre otros, para conocer así los propietarios y roles de cada vivienda o terreno.

    4. El registro de Fichas Básicas de Emergencia aplicadas en las comunas de Quilpué, Villa Alemana y Viña del Mar, muestra el número oficial de hogares afectados por la emergencia, su nivel de afectación, la caracterización de los hogares afectados y la capacidad de despliegue en terreno. Según el reporte del Sistema de Información Social en Emergencias, al jueves 21 de marzo de 2024 se catastraron un total de 8.188 hogares afectados, lo que comprende a 21.229 personas.

    5. El Plan de Reconstrucción es fruto del trabajo articulado del Comité de Ministros para la Reconstrucción, que incorporó diálogo con autoridades locales, y cuenta con 6 enfoques, 7 ejes y 24 componentes que incluyen 166 medidas, con un presupuesto asociado de más de US$1.000 millones.

    6. En términos generales, el financiamiento proviene de un Fondo transitorio de hasta $800 mil millones destinados para reconstruir los sectores afectados por los incendios. Este Fondo se extinguirá el 31 de diciembre de 2026 o antes si se agotaran los recursos, por lo que está diseñado bajo un marco de normas de transparencia para el buen uso de los recursos públicos y asegurando la transitoriedad, en línea con la responsabilidad fiscal.

    7. La primera vía, destinada a apoyar las labores de emergencias y de primeras ayudas que se entregan una vez ocurrida una catástrofe, se encuentran mandatadas en la ley n° 16.282 (que fija disposiciones para casos de sismos o catástrofes). Bajo esta ley se pueden realizar aportes en dinero para ayudas tempranas, donde el Ministerio de Desarrollo Social y Familia cumple un rol intermediario, apoyando a personas naturales, empresas y organizaciones a canalizar la ayuda.

      Bajo esta ley también, el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED) recibe donaciones nacionales e internacionales en caso de catástrofes. Las donaciones pueden ser en dinero o especies y deben estar destinadas a satisfacer necesidades básicas como alimentación y abrigo. Para más información revisa el siguiente enlace: https://web.senapred.cl/donaciones-nacionales-e-internacionales.

      Para la etapa de reconstrucción, existe una segunda vía de donaciones a través del Fondo Nacional de la Reconstrucción, dependiente del ministerio de Hacienda. Este fondo fue creado por la Ley 20.444 y establece una serie de beneficios tributarios a las donaciones destinadas a financiar la construcción, reconstrucción, reposición, remodelación, restauración, reemplazo, o rehabilitación de infraestructura, instalaciones, obras y equipamiento afectado por una catástrofe. Los aportes pueden ser en dinero o especies y realizados por personas naturales o jurídicas, en cualquiera de las categorías de contribuyentes determinados por la legislación.

      De igual forma, se puede donar el monto de una obra en particular, transfiriendo los recursos al ejecutor de esta, pero obteniendo los mismos beneficios tributarios por la donación. Una vez que se activa el Fondo a través de la declaratoria de catástrofe, tiene una vigencia de 2 años para recibir donaciones. Más información en: https://donaciones.hacienda.gob.cl

    8. Esta campaña ha sido organizada por Movidos x Chile, los canales de televisión y Banco Estado. Según la información disponible en su página web, la recaudación de $5.544.577.916 CPL, se distribuye de la siguiente manera: 25% para ayudas tempranas, un 50% en reconstrucción de viviendas y un 25% en su habitabilidad.

      Para habitabilidad y reconstrucción, la ayuda se traspasará de forma económica a dos grandes fundaciones que son parte de Movidos x Chile, y que, históricamente se han hecho presentes en las diversas emergencias de nuestro país: Techo (2 mil viviendas) y Hogar de Cristo (realiza la habitabilidad de esas 2 mil viviendas).

      Más información en: www.movidosxchile.cl o https://www.movidosxchile.cl/campana-juntos-chile-se-levanta

    1. La solicitud de la vivienda de emergencia es generada por los propios municipios, quienes luego de la evaluación de daños y necesidades realizada a través del Informe ALFA y la Ficha Básica de Emergencia deberán determinar el número de viviendas que efectivamente perdieron su habitabilidad y que no es posible recuperar a través de reparaciones. Posteriormente, cada una de las viviendas deberá ser asociada a un beneficiario y verificar que éste no cuente con otra residencia y que el terreno donde se emplazará la solución habitacional transitoria no se encuentre en una evidente zona de riesgo. Una vez realizado este análisis, la municipalidad deberá ejecutar el requerimiento a la Dirección Regional de SENAPRED correspondiente, que verificará el cumplimiento de cinco criterios de parte del potencial beneficiario:

      1. Afectación de la vivienda: Será necesario que el beneficiario efectivamente haya perdido la condición de habitabilidad de su vivienda, lo que será verificado a través del Informe ALFA elaborado por el municipio y la Ficha Básica de Emergencia, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Adicionalmente, en los casos que sea necesario ratificar el daño estructural de la vivienda, se podrán utilizar otras fuentes de información disponibles en los distintos servicios del Estado.
      2. Ocupación del sitio: El beneficiario debe contar con un terreno propio o con un certificado simple o documento donde el propietario del sitio autorice la instalación de la vivienda de emergencia a quien no cuente con uno propio. Lo anterior, se sustenta en la premisa de no validar la ocupación irregular de terrenos de privados o públicos a través de una respuesta estatal.
      3. Primera residencia: Debido a que la vivienda de emergencia tiene como propósito atender la pérdida de habitabilidad de los afectados, solamente serán beneficiarios quienes hayan perdido su única residencia. Por lo que la afectación de una segunda vivienda o propiedad comercial no está afecta a la asignación de una solución provisoria de habitabilidad.
      4. Condición del sitio fuera de zona de riesgo: Se deberá evaluar el sitio donde será emplazada la vivienda de emergencia, ya que no podrá estar en zona de riesgo hidrometeorológico o cualquier otra amenaza. Será responsabilidad del municipio evaluar en primera instancia esta condición, antes de generar la respectiva solicitud de viviendas de emergencia.
      5. Superficie del sitio: El terreno deberá contar con los metros cuadrados suficientes que permitan instalar la vivienda de emergencia.

      Más detalles sobre los estándares de las viviendas de emergencia que gestiona SENAPRED y el proceso de asignación de éstas se puede revisar en la Resolución Exenta N° 1.448 del 25 de octubre de 2023 del propio Servicio, disponible en: https://bcn.cl/3gyt7.

    2. El tiempo de construcción de una vivienda de emergencia varía según distintos factores, pero en promedio se extiende entre 24 y 48 horas. Además, cuando exista factibilidad técnica, es necesario considerar los plazos relacionados a la instalación de servicios básicos, como agua, electricidad y otros. Para todo lo anterior se contratan empresas, que ejecutan tanto la construcción de la vivienda como la instalación de servicios.

    3. No. La vivienda de emergencia es de carácter provisorio y tiene como fin resolver la urgencia que tienen las familias damnificadas por los incendios de contar con un techo. En conformidad a lo establecido en la Ley N° 21.364 y para todos los efectos legales, este cuerpo legal señala que “se entenderá por vivienda de emergencia aquella de carácter provisorio destinada a resolver la necesidad de vivienda de los damnificados de una emergencia o catástrofe. En todos los casos, la vivienda de emergencia, por su carácter provisorio, no requerirá permiso ni recepción definitiva de la Dirección de Obras Municipales”. De esta manera, la vivienda de emergencia tiene como único propósito la respuesta provisoria a la pérdida de las condiciones de habitabilidad, producto de una emergencia, desastre o catástrofe de origen natural o antrópico.

    4. Dentro de los principales avances de la vivienda de emergencia en los últimos años se puede destacar su dimensión, aumentando de 18m2 (antigua “mediagua”) a 24m2 y también su materialidad, pasando de paneles de madera prefabricados (mediagua) a paneles estructurales, con aislación en techos, muros y piso. De igual forma, las viviendas de emergencia son entregadas con un kit de habitabilidad que incluye: juego de sábanas, colchón, frazada, cama de madera, almohada, cocinilla de dos platos, más un set de loza, ollas y cuchillería.

      Adicionalmente, la vivienda de emergencia actualmente incluye un baño instalado, con un espacio disponible de 2.5 m2. También se entrega con el servicio de conexión eléctrica, en caso de que los propietarios de las viviendas originales hayan contado con este servicio, junto con la conexión a agua potable, alcantarillado y/o fosa.

    5. Las viviendas de emergencia se construyen en el terreno indicado en la ficha FIBE por la persona afectada. También podría ser en otro, si se cuenta con esa posibilidad y si el terreno inicial es de riesgo. Ese espacio debe cumplir además con la factibilidad técnica para su instalación, ya sea en condición de propio, cedido o allegado. En caso de ocupación irregular, el terreno debe contar con certificación de SERVIU para la factibilidad de construcción.

    6. Si. Efectivamente la vivienda de emergencia gestionada por SENAPRED tiene como propósito resolver de manera provisoria la inmediata necesidad de habitabilidad de las personas damnificadas por una emergencia o catástrofe. Posteriormente, en la etapa de reconstrucción, las personas pueden postular a una solución definitiva mediante las gestiones impulsadas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

    7. No. La vivienda de emergencia es de propiedad de la persona que la recibe ante todo tipo de situación. No se la quitarán después.

    8. El beneficiario debe contar con un terreno propio o contar con un certificado simple o documento donde el propietario del sitio autorice la instalación de la vivienda de emergencia, a quien no cuente con un terreno propio. Lo anterior, se sustenta en la premisa de no validar la ocupación irregular de terrenos de privados o públicos, a través de una respuesta estatal.

    9. No. Debido a que la vivienda de emergencia tiene como propósito atender la pérdida de habitabilidad de los afectados, solamente serán beneficiarios quienes hayan perdido su única residencia. Por lo que la afectación de una segunda vivienda o propiedad comercial no está afecta a la asignación de una solución provisoria de habitabilidad.

    1. Para acceder a las soluciones de viviendas del plan de reconstrucción, se deben cumplir con los "criterios de habilidad". Dependiendo de la categoría de la familia afectada (propietario residente, propietario no residente, allegado, arrendatario o que vivan en campamentos catastrados por el MINVU) se han definido distintas alternativas. (Más información en https://www.minvu.gob.cl/plan-de-reconstruccion-en-la-region-de-valparaiso )

    2. Tras la catástrofe provocada por los incendios de febrero 2024 en la región de Valparaíso, desde MINVU han desplegado las siguientes alternativas de solución para atender las necesidades habitacionales de las familias afectadas:

      • Autoconstrucción asistida (ACA): Este subsidio es para las familias que autoconstruirán su vivienda. El monto asignado se carga de manera parcelada en una tarjeta a nombre del beneficiario. El Serviu deposita en la tarjeta el dinero para la compra de materiales y mano de obra, a medida que avanza la obra.
      • Construcción en sitio propio: Aplica para construcción de viviendas nuevas con proyecto unifamiliar en el mismo sitio del propietario. El proyecto puede incorporar infraestructura y/o edificaciones existentes en el terreno en el que se desarrolle, considerando su recuperación como parte de la intervención.
      • Pequeño condominio: Proyecto habitacional que se desarrolla en un predio urbano, en el cual se construyen de 2 a 12 soluciones habitacionales y opcionalmente equipamiento. El proyecto podrá incorporar infraestructura y/o edificaciones existentes en el terreno en el que se desarrolle, considerando su recuperación o rehabilitación como parte de la intervención. El pequeño condominio está acogido al régimen de copropiedad inmobiliaria regulado por la Ley 21.442.
      • Vivienda industrializada: La solución habitacional se diseña y fabrica través de procesos industrializados y cierto grado de automatización. La ejecución ocurre en un emplazamiento, que no es el terreno donde posteriormente los componentes serán trasladados, para ser montados y ensamblados en un tiempo de ejecución significativamente menor al habitual.
      • Adquisición de vivienda construida (AVC): Aplica a familias que habitan un terreno ubicado en zona de riesgo o ya siniestrado, para comprar una vivienda construida y/o integrarse a uno de los proyectos nuevos de las distintas iniciativas habitacionales de la región. Esa solución podrá corresponder a otra región del país.
      • Reparación de viviendas: Modalidad aplicable según el nivel de daño (leve, moderado o mayor).

      Más información en https://www.minvu.gob.cl/plan-de-reconstruccion-en-la-region-de-valparaiso/ Fono Atención Reconstrucción: 32-2263201

    3. Las familias en proceso de relocalización continuarán con esta estrategia.

    1. Durante los tres primeros meses se garantizará a todas las familias afectadas por la catástrofe el pago del bono de acogida, independiente de si en ese plazo reciben una vivienda de emergencia. El beneficio podrá continuar por hasta 3 meses más, bajo el criterio que cesa al mes siguiente de contar con la vivienda de emergencia con los servicios básicos instalados. Esto último sólo si hay factibilidad.

    2. El objetivo del Bono de Acogida es apoyar, por un periodo determinado, a las familias afectadas que esperan una vivienda de emergencia o transitoria, por lo que no es complementario. Sin perjuicio de lo anterior, se entregará por los primeros tres meses independiente de si se cuenta o no con una vivienda de emergencia.

    3. El Bono de Recuperación es de libre disposición.

    4. Quienes están regularizando su situación de tenencia continuarán con este proceso con apoyo del MINVU y otras instituciones para obtener su subsidio habitacional de reposición de vivienda y tramitación de regularización de su Título de Dominio.

    5. No, el MINVU no ofrece indemnización para estos casos.

    6. Sí, puede acceder al beneficio de Construcción en Sitio Propio una vez acreditada la tenencia de la propiedad y que no tenga otras propiedades habitacionales.

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